martes, 31 de marzo de 2015

ÉTICA Y DEONTOLOGÍA PROFESIONAL


Sean todos bienvenidos a este nuevo reto que consiste no solo en aprender, sino también a formarse como un mejor profesional, capaz de tomar desiciones acertadas basándose en el ética y deontología.
Te invitamos a incursionar a través de las diferentes unidades, que tienen el propósito de abrir una nueva expedición dentro del mundo y el desempeño que tendrá una vez logres alcanzar la meta que te has propuesto en el estudio a nivel superior. Y esperamos que sirva de provecho a los grandes hombres y mujeres que, con toda seguridad, estamos formando.
A continuación se presenta el aula de clases virtual



Cada unidad a evaluar especifica, la forma y las pautas a las que deben someterse. Recomendamos no esperar hasta último momento para realizar las actividades propuestas.

Les deseamos el mejor de los éxitos. Sus tutores.

OBJETIVOS



Etimológicamente el término Deontología equivale a “tratado del deber”, ya que está constituido por dos palabras griegas: ‘deonto’, genitivo de  deon, que significa deber y ‘logos’, discurso o tratado. Se aplica a los deberes de una profesión. Es la Ética aplicada a una disciplina.

 Cuando se habla de Deontología, se la asocia a conceptos tales como Ética y Moral. Por lo cual es conveniente entonces plantear, fundamentar y delimitar las relaciones entre moral, ética y deontología, con el correspondiente desarrollo de las herramientas conceptuales y fundamentos teóricos, que permitan relacionar la problemática ética general con los avatares de la ética profesional. Esto posibilita abordar el  complejo campo de las prácticas psicológicas desde su dimensión ética. Resulta pues importante ahondar en los núcleos temáticos en los que se soporta la Deontología, para articularlos con la práctica  psicológica

La historia del desarrollo científico que está íntimamente ligada a la evolución de las manifestaciones histórico-sociales de producción, durante los últimos dos siglos se ha visto enriquecida por estos  desarrollos y ha generado, por lo mismo, interrogantes importantes de la historia de la humanidad.
 
Así, la enseñanza de la ética profesional recorre un doble escenario de preocupaciones: el análisis de situaciones específicas que presentan carácter dilemático, porque interrogan la práctica del psicólogo en su relación con el orden jurídico-legal, por un lado; y con su propio sistema de valores personales por otro. Surge por tanto considerar  cuestiones que requieren de un tratamiento transdisciplinario, lo cual hace necesario la convocatoria de otros saberes estableciendo un dialogo con el objeto de estudio en común.
 
La propuesta de la Cátedra es generar un espacio de reflexión, discusión y análisis de los dilemas éticos  del quehacer profesional, brindando los fundamentos teóricos de las implicancias ético-deontológicas en la práctica psicológica. En tal sentido es necesario propiciar un conocimiento riguroso de los Códigos Deontológicos y  la Ley Provincial de Ejercicio Profesional del Psicólogo que sustentan un posicionamiento ético de su propia práctica.

 

OBJETIVO GENERAL


Alcanzar por esta vía una conciencia crítica, será el permanente objetivo latente de la materia; sólo su consecución permitirá al estudiante predisponerse adecuadamente para los desafíos que se avecinan, y ubicarse así con pertinencia y responsabilidad ante un mundo cada vez más complejo y cambiante.

III. Objetivos Específicos
 Propiciar un conocimiento riguroso de los conceptos que fundamentan el posicionamiento ético en la práctica profesional. Relacionando la problemática ética en general  con los avatares de la ética profesional 

 Posibilitar el marco teórico conceptual  y  humano dialógico  para el  abordaje de los dilemas éticos que se presentan en la práctica psicológica mediante el conocimiento de los códigos de ética, leyes de ejercicio, etc.

Distinguir, analizar, y conocer normas organizativas y legislativas del ejercicio profesional.

CONTENIDO PROGRAMÁTICO

ETICA Y DEONTOLOGÍA PROFESIONAL




1.1-       Reseña Histórica de la Ingeniería y de la Arquitectura
1.2-       Importancia y participación profesional en el campo Técnico.
           (Conceptos, Importancia y relevancia del Ingeniero y el Arquitecto)


2.1-       Orígenes y Organización del CIV y del CAV.
2.2-       Órganos nacionales y regionales.
2.3-       Comisiones de Trabajo.
2.4-       Responsabilidad del CIV y del CAV.
2.5-       Finalidad del CIV y del CAV  ( Responsabilidades, orígenes, finalidad del C.I.V. y del C.A.V.)

3.1-       La colegiación y su significado
3.2-       Ejercicio ilegal de la profesión
3.3-       Características del ejercicio profesional.  (Importancia, características, objetivos y justificación)

4.1-       Responsabilidad en el ejercicio profesional
4.2-       Código de ética profesional  (Responsabilidades, Código de Ética)

5.1-       Régimen disciplinario
5.2-       El ejercicio ilegal de la profesión. (Finalidad y características)

I. Pautas para el Foro de Etica y Deontologia Profesional






Deontologia hace referencia al conjunto de principios y reglas eticas que regulan y guian una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes minimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos.Hoy dia, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontologia profesional periodistica, de una deontologia profesional médica, deontologia profesional de los abogados, etc.
Es importante no confundir deontologia profesional con ética profesional. Cabe distinguir que la ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontologia profesional, mientras que, tal como se apuntaba al comienzo del articulo, la deontologia profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional.

ACTIVIDAD

Estimados participantes en esta primera actividad, usaremos un Foro (con reglas y límites de participación además de exigencia en calidad e interacción).
Luego de revisar la lectura sobre Etica y Deontologia Profesional y consultar en internet, podrás comenzar la interacción con tus compañeros de curso.

En tal sentido:
- Cada participante deberá abrir un Tema de Discusión en el Foro argumentando sus opiniones. (Máximo 2 párrafos de 8 líneas cada uno)

- Cada participante debe opinar o discutir en dos (2) temas expuestos por diferentes compañeros, ésta intervención no debe ser mayor a un párrafo de 8 líneas.
- Cada participante debe responder a las opiniones, refutaciones, apoyos o críticas realizadas por su compañero a su tema con una intervención no mayor de un párrafo (5 líneas).
- No esperes a última hora para participar, tienes hasta el lunes 15/04/15, hora 23:55 pm.

Ponderación 10%.

INTERACCIÓN DEL GRUPO





II. RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

El Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV) es un cuerpo gremial colegiado y moral de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrado por todos los profesionales inscritos en el mismo, hállense o no en el ejercicio de su profesión, regulado además por la Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines de Venezuela. Su propósito principal es velar por el interés público y actuar como asesor del estado en asuntos relacionados con áreas de la ingeniería. El CIV regula el ejercicio profesional de los ingenieros venezolanos y atiende a los intereses generales de sus agremiados.2

Historia

Para el año 1844, el Ing. Olegario Meneses recomienda la creación del colegio de ingenieros. Sin embargo, no es sino hasta el 24 de octubre de 1860, que el Presidente Manuel Felipe de Tovar promulga el decreto en el cual se reglamenta la Academia de Matemáticas y enuncia en su artículo 45 que todos los ingenieros de la República constituirán un cuerpo que se denominará "Colegio de Ingenieros".
Al año siguiente, el 27 de octubre se celebró la junta preparatoria en la sede del Colegio de Santa María, situado entre las esquinas de Veroes a Jesuitas de Caracas, quedando instalado el Colegio de Ingenieros de Venezuela (CVI) el día 28 de octubre de 1861. Inicialmente adscrito al antiguo Ministerio de Guerra y Marina fue dirigido por el Comandante de Ingenieros Juan José Aguerrevere y como Secretario el Teniente de Ingenieros, Francisco de Paula Acosta. Más tarde, en 1881, el colegio queda adscrito al Ministerio de Educación.
En 1922, el ingeniero Vicente Lecuna, quien más tarde habría de convertirse en el más insigne historiador de la vida y obra de Simon Bolívar, promueve la discusion del proyecto de "Ley de Ejercicio de la Ingeniería", estatuto en el que se establece la facultad del CIV para formular los aranceles de honorarios profesionales y velar por los más altos intereses generales del gremio, que lo convierte en fiel celador de la ética profesional. A partir de ese momento se inicia una etapa de crecimiento del CIV y su importancia se consolida sin pausa en resguardo del crédito profesional y de la aplicación rigurosa de las mejoras técnicas en las obras públicas y privadas y a él se debe en gran medida la introducción de las modernas ciencias y de los más avanzados procedimientos que han dado como fruto el desarrollo Venezuela de nuestros días, con sus audaces autopistas y viaductos, las gigantescas obras hidráulicas, los elevados rascacielos y los grandes complejos industriales.
El CIV sin residencia propia desde sus inicios fija su asiento en el edificio de Parque Los Caobos, donde se inauguró en 1941, gracias al patrocinio del Ing. Enrique Jorge Aguerrevere, para ese entonces Ministro de Obras Públicas, y erigido conforme al proyecto de Luis Eduardo Chataing, uno de los grandes arquitectos de la epoca contemporánea. Contaba entonces el país con un millar de ingenieros, arquitectos y profesionales afines.

Centros de Ingenieros de Venezuela

Al Colegio de Ingenieros de Venezuela están adscritos 30 centros regionales en 21 de las 24 entidades federales del país que ejercen su representación en las respectivas jurisdicciones
  • Centro de Ingenieros del Estado Miranda (CIAM)
  • Centro de Ingenieros del Estado Aragua (CEINAR)
  • Centro de Ingenieros del Estado Carabobo (CEIDEC)
  • Centro de Ingenieros de Puerto Cabello, Estado Carabobo
  • Centro de Ingenieros del Estado Yaracuy
  • Centro de Ingenieros del Estado Falcón (CIEF)
  • Centro de Ingenieros del Estado Lara (CIEL)
  • Centro de Ingenieros del Estado Zulia (CIDEZ)
  • Centro de Ingenieros de la Costa Oriental de Lago, Estado Zulia
  • Centro de Ingenieros del Estado Trujillo
  • Centro de Ingenieros del Valera, Estado Trujillo
  • Centro de Ingenieros del San Cristóbal, Estado Táchira
  • Centro de Ingenieros del Estado Barinas
  • Centro de Ingenieros de Guanare, Estado Portuguesa
  • Centro de Ingenieros de Araure, Estado Portuguesa
  • Centro de Ingenieros del Estado Cojedes
  • Centro de Ingenieros del Estado Guárico
  • Centro de Ingenieros de Calabozo, Estado Guárico
  • Centro de Ingenieros de Valle de la Pascua, Estado Guárico
  • Centro de Ingenieros del Estado Apure
  • Centro de Ingenieros del Estado Anzoátegui (CIANZ)
  • Centro de Ingenieros de Cumaná, Estado Sucre
  • Centro de Ingenieros de Carúpano, Estado Sucre
  • Centro de Ingenieros de La Asunción, Estado Nueva Esparta
  • Centro de Ingenieros del Estado Monagas
  • Centro de Ingenieros del Estado Delta Amacuro
  • Centro de Ingenieros del Estado Bolívar
  • Centro de Ingenieros de Guayana, Estado Bolívar
  • Centro de Ingenieros de Guri, Estado Bolívar

Sociedades

El Colegio de Ingenieros de Venezuela auspicia y mantiene adscritas varias asociaciones gremiales ingenieriles especializadas, cada una con personalidad jurídica propia.
  • Sociedad Venezolana de Ingenieros Forestales (SVF)
  • Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles (SOVINCIV)
  • Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE)
  • Sociedad Venezolana de Ingenieros Petroleros (SVIP)

Fundaciones

El Colegio de Ingenieros de Venezuela ha creado diversas fundaciones con personalidad jurídica propia, conexas a la ingeniería o a la salvaguarda de los intereses del gremio.
  • Fundación Instituto de Mejoramiento Profesional (FIMP)
  • Fondo de Previsión Social (FONPRES)
  • Fundación Cagigal, para el mejoramiento profesional.
  • Fundación Juan José Aguerrere, para divulgación de conocimiento científico y tecnológico de la ingeniería.

ACTIVIDAD

Realizar un grupo de 5 personas para la elaboración de una WIKI bajo las siguientes pautas

- Conformar el grupo entre los participantes 
- Asignar los temas a investigar, seleccionar la información 
- De manera grupal y colaborativa estructurar la WIKI , como se enumera en la parte superior. 
- Una vez finalizada debe publicarse el URL, para poder  evaluar su tarea 

V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS

En lo que respecta al régimen disciplinario de los profesionales de la ingeniería, el Colegio de Ingenieros de Venezuela tiene como un fin principal vigilar el ejercicio profesional de sus miembros.
De igual forma, los funcionarios y empleados públicos y los profesionales colegiados denunciarán ante el Colegio de Ingenieros de Venezuela todo caso de ejercicio ilegal y cualquier otra infracción a las disposiciones de la Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines.
El Presidente del Colegio recibirá las denuncias y las remitirá, según caso, a los Tribunales de Justicia competentes o al Tribunal Disciplinario del Colegio.
Para los efectos de ejercer ilegalmente la profesión de la ingeniería, se considera:
1.    Las personas que sin poseer el título respectivo se ocupen en realizar actos o presten servicios públicos o privados que la presente Ley reserva a los profesionales a que la misma se contrae.
2.    Los titulares que sin haberse inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela o haber sido autorizados por el mismo, se anuncien como tales o realicen actos o presten servicios propios de los profesionales a que se refiere la presente Ley.
3.    Los titulares colegiados que ejerzan especialidades para las cuales no les autorice el título que posean.
4.    Los títulos colegiados que presten su concurso profesional o amparen con su nombre a personas que ejercen ilegalmente, o encubran actividades de empresas que se ofrezcan o actúen de manera ilegal en asuntos propios de las profesiones a que refiere esta Ley, o ejerzan durante el tiempo por el cual sean suspendidos.
 

TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS

El Tribunal Disciplinario del Colegio de Ingenieros, es el órgano encargado de conocer y decidir las causas de carácter profesional que se instauren contra los miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela por infracciones a la Ley vigente de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines y su Reglamento, salvo los casos de ejercicio ilegal ó por violaciones a las normas de ética profesional.
Las sanciones calificadas como penales no serán aplicadas por el Tribunal Disciplinario, solo son de su responsabilidad las sanciones disciplinarias, para lo cual se ejercerá el mecanismo respectivo.
En referencia a los procedimientos aplicados por el Tribunal Disciplinario del Colegio de Ingenieros, tenemos que este órgano puede emitir comunicaciones contentivas de advertencias, amonestaciones privadas, censura pública y suspensión del ejercicio de la profesión de un mes en un año, según el grado de la falta del profesional a la ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines; y según haya habido o no agravantes de reincidencia o indisciplina.
De las decisiones de dicho Tribunal no habrá apelación Sin embargo, cuando, se trate de censura pública y suspensión del ejercicio, el interesado podrá solicitar una revisión de su caso, dentro de términos de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación correspondiente, para lo cual el Tribunal se constituirá con los suplentes respectivos.
La aplicación de las sanciones previstas en esta Ley no obsta al ejercicio de las demás acciones civiles y penales a que haya lugar.
 

ACTIVIDAD

Evaluación  presencial (20%)